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Supermercados e Hipermercados

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN SUPERMERCADOS E HIPERMERCADOS

Los supermercados e hipermercados combinan una enorme variedad de productos combustibles como alimentos, papelería, textiles, aerosoles, pinturas, baterías… con un elevado flujo de clientes y empleados a lo largo del día.

Esta combinación crea un entorno de riesgo multidimensional: mercancías de alto poder calorífico almacenadas en amplios espacios, equipos eléctricos (cajas, iluminación, refrigeración) en uso constante, y zonas de manipulación de alimentos o gas.

Principales riesgos de incendio en Supermercados e Hipermercados

A continuación, se describe un desglose claro y visual de los riesgos más frecuentes en Supermercados e Hipermercados:

La gran acumulación de productos como papel, cartón, papel higiénico y alimentos genera una alta carga combustible que facilita la rápida propagación del fuego.

Los incendios eléctricos son provocados principalmente por el uso excesivo o fallos en el cableado de sistemas de iluminación intensiva, refrigeradores, cajas y servidores.

En establecimientos con cafeterías o zonas de snacks, las cocinas, freidoras y cafeteras introducen un riesgo adicional debido a las altas temperaturas y la presencia de grasas.

Los aerosoles (como desodorantes o pinturas) y los líquidos de limpieza presentan riesgo de explosión o incendio si su almacenamiento no es el adecuado.

La limpieza periódica de los supermercados con techos altos es crucial para prevenir la acumulación de polvo y residuos de embalaje, que pueden actuar como focos de ignición.

Las colillas mal apagadas o las velas decorativas mal colocadas suponen un elevado riesgo de incendio.

Un stock excesivo o estanterías temporales pueden obstruir las vías de escape, infringiendo la normativa y poniendo en riesgo la evacuación segura.

Normativa aplicable en materia de protección contra incendios en supermercados e hipermercados en España

  • 1. Normativa estatal principal: Código Técnico de la Edificación (CTE)

    El marco regulador fundamental a nivel nacional es el Código Técnico de la Edificación (CTE) y su Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI). En esta normativa, estos establecimientos se enmarcan dentro del "Uso Comercial".

    Aspectos relevantes para supermercados e hipermercados:

    • Sectorización de gran volumen: el CTE DB-SI establece que la superficie construida de un sector de incendio comercial no debe exceder de 2.500 m² por regla general. Sin embargo, permite alcanzar los 10.000 m² si el establecimiento ocupa la totalidad del edificio, está íntegramente protegido con una instalación automática de extinción (rociadores) y su altura de evacuación no supera los 10 metros.
    • Las trastiendas y almacenes logísticos del hipermercado se evalúan según su densidad de carga de fuego, pudiendo clasificarse como locales de riesgo especial bajo, medio o alto, exigiendo cerramientos y puertas resistentes al fuego específicos.
    • Las dimensiones de los pasillos son más exigentes, estando condicionadas por los carros de compra. En superficies de venta mayores a 400 m² donde se prevea el uso de carros, la anchura mínima de los pasillos entre las baterías de cajas de cobro (si hay más de 10) y las estanterías debe ser de al menos 4 m, y en el resto de los pasillos de 1,80 m.
    • Son obligatorias las Bocas de Incendio Equipadas (BIEs) a partir de 500 m², sistemas de alarma a partir de 1.000 m² y detección de incendios si superan los 2.000 m². Además, es obligatoria la extinción automática si el área de ventas excede los 1.500 m² con una carga de fuego mayor a 500 MJ/m², y requieren obligatoriamente de un sistema de control de humo de incendio si su ocupación excede de 1.000 personas. También se exigen extintores móviles de 50 kg de polvo si agrupan más de 1.000 m² de locales de riesgo especial.

  • 2. Normativa complementaria y excepciones industriales

    • Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI - RD 513/2017): regula el diseño, instalación y mantenimiento de los sistemas de protección activa (rociadores, detectores, BIEs, exutorios, etc.) y obliga a realizar mantenimientos preventivos continuos (trimestrales, semestrales y anuales) para garantizar su eficacia.
    • Intersección con el Reglamento Industrial (RSCIEI): en grandes hipermercados, si el área de almacenamiento del local posee una carga de fuego total igual o superior a tres millones de megajulios y su altura de almacenamiento supera los 5 metros, además del CTE se deben aplicar los requisitos constructivos y de instalaciones establecidos por el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales.

  • 3. Normativa autonómica y local

    • La concesión de licencias depende de los ayuntamientos, que aplican el CTE y las ordenanzas locales. Estas normativas municipales pueden regular de forma más restrictiva aspectos como la accesibilidad de los camiones de bomberos a las zonas de carga y descarga, la evacuación por galerías de los centros comerciales donde se ubiquen los establecimientos y las instalaciones de seguridad necesarias en los aparcamientos subterráneos vinculados al hipermercado.

Soluciones y sistemas recomendados

Listado de soluciones más habituales en supermercados e hipermercados:

  • Sistemas de detección y alarma de incendios.
  • Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios (grupo de presión y su depósito de agua de reserva).
  • Sistemas de hidrantes contra incendios.
  • Sistemas de bocas de incendio equipadas (BIEs).
  • Extintores.
  • Sistemas fijos de extinción automática, como pueden ser los siguientes:
    • Sistemas fijos de extinción de rociadores automáticos.
    • Sistemas fijos de extinción por agua pulverizada.
    • Sistemas fijos de extinción por espuma física.
    • Sistemas fijos de extinción por polvo.
    • Sistemas fijos de extinción por agentes extintores gaseosos.
  • Alumbrado de emergencia.
  • Protección pasiva y reactiva (ignifugaciones).
  • Señalización y planes de evacuación.
  • Formación a empleados.
  • Mantenimiento periódico.
  • Inspecciones periódicas por Organismos de Control (OCAs).

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